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viernes, 6 de agosto de 2010

¡Alto a Una Década de Criminalización en Guanajuato!

Por ONG´s de Hidalgo
Argonmexico.com / PACHUCA DE SOTO, Hidalgo.--Del año 2000 a lo que va de 2010, 166 averiguaciones previas han sido iniciadas por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato[i],  de las cuales la mayoría son contra mujeres, 11 estuvieron bajo un proceso penal por el delito de aborto, y 9 sentenciadas a septiembre de 2008[ii]. Fueron denunciadas en su mayoría por los médicos de los hospitales públicos del estado; procesadas, sentenciadas y encarceladas por el delito de aborto[iii].
El Centro Las Libres, de Información en Salud Sexual Región Centro A.C., tiene documentados los casos de seis mujeres encarceladas sentenciadas por el “delito de homicidio en razón de parentesco de un producto en gestación”[iv].
Estas mujeres no cometieron el delito de aborto, mucho menos el delito de homicidio en razón de parentesco, ya que tuvieron abortos espontáneos, accidentales o productos de una violación. Sin embargo, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato les configuró el delito de homicidio en razón de parentesco sin tener los elementos necesarios para acreditar dicho delito.
Y las sentenciaron a la pena máxima que va de 25 a 35 años de prisión. Las procesadas son mujeres pobres, que no tuvieron acceso a una educación básica, ni servicios de salud, mucho menos tuvieron acceso a educación sexual; además, los hombres que las embarazaron no se responsabilizaron de ese embarazo.
Las organizaciones de la sociedad civil de todo el país, integrantes del Pacto por la Vida, la Salud y los Derechos de las Mujeres, ante esta indignante criminalización de las mujeres, que violenta nuestros derechos fundamentales, exigimos a Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador del Estado; a lo diputados del Congreso local; a Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador de Justicia del Estado; y a María Raquel Barajas Monjarás, Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato:
1.- La derogación de los tipos penales Aborto, y Homicidio en razón de parentesco, establecidos en el Código Penal para el estado de Guanajuato, pues ambos no son claros ni precisos, lo cual da lugar a una interpretación contradictoria y subjetiva por parte de las autoridades del órgano jurisdiccional, quienes se encargan de dictar las sentencias y resoluciones de los procesos.
Los conceptos de los dos tipos penales mencionados impiden distinguir uno del otro; es decir, existe una notoria falta de precisión en cada uno de ellos.
Al no existir claridad y distinción entre el tipo penal de aborto y homicidio en razón de parentesco, las autoridades están empleando el tipo penal de homicidio en razón de parentesco para juzgar y sentenciar a las mujeres, teniendo como consecuencia la desproporción de las sanciones, y la imposición de descomunales penas privativas de libertad, de hasta 35 años de prisión.
2.- El reconocimiento de inocencia de las mujeres encarceladas. Exigimos que las autoridades reconozcan que las mujeres fueron ilícita y falsamente acusadas a través de una fabricación de pruebas, y que el Procurador de Justicia de Guanajuato reconozca públicamente que no hay delito que perseguir, y que las pruebas en las que se basaron para sentenciar a las mujeres no son pruebas fehacientes, por tanto, son pruebas ilícitas y carecen de sustento legal.
Es atribución legal del Procurador poner en conocimiento de los titulares del Poder Ejecutivo y Judicial los abusos o irregularidades que se adviertan en los tribunales y que afecten la recta, pronta y expedita administración de justicia.
Por otra parte, exigimos también se reconozca que no existió un debido proceso, por lo que se atentó contra los derechos de defensa de las mujeres, denotando así una completa parcialidad en todos los procesos por parte de las autoridades jurisdiccionales a través del desahogo de pruebas ilícitas otorgándoles valor probatorio.
Es momento de que se ponga un alto a las autoridades de Guanajuato para que dejen de criminalizar a las mujeres por delitos que no cometieron.
¡El Aborto no debe ser criminalizado, todas las mujeres tienen derecho a decidir sobre su cuerpo!
¡Exigimos que se libere a las mujeres que se encuentran encarceladas por la configuración del delito de homicidio en razón de parentesco pues, subjetivamente, y existiendo una completa imprecisión del tipo penal, fueron condenadas por un delito que no cometieron.
POR EL PACTO POR LA VIDA, LA LIBERTAD Y LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
EN HIDALGO: ASOCIACIÓN MEXICANA DE MUJERES ORGANIZADAS EN RED-HIDALGO, AMMOR-HIDALGO; COLECTIVA FEMINISTA HIDALGUENSE, A.C., COFEMHI, CONSTITUYENTE FEMINISTA DE HIDALGO, RED POR LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS EN MÉXICO, A.C.-HIDALGO, DDESER-HIDALGO, JOVENES CON VOZ CIUDADAN@S  CON ROSTRO.

[i] Según datos de la PGJ declarados por el  Lic. Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador de Justicia del Estado de Guanajuato en un diario de circulación  nacional publicado los días 29 de julio de 2010 y el 1º  de agosto de 2010.
[ii] Datos del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, en oficio 7176/08/SGC, firmado por Lic. María Raquel Barajas Monjarás, Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado dirigido a Verónica Cruz Directora del Centro las Libres, de fecha 21 de octubre de 2008.
[iii] Código Penal para el Estado de Guanajuato, Artículo 158. Aborto es la muerte provocada del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
[iv] Código Penal para el Estado de Guanajuato, Artículo 156. A quien prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubinario o concubina, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación, se le sancionará con prisión de veinticinco a treinta y cinco años y de doscientos a trescientos días de multa.

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